Laborjuris tiene el agrado de presentarles en el día de hoy una interesante recopilación sobre Remuneración.
Acceda a continuación a destacados documentos publicados en el transcurso del año 2011 sobre esta temática.
Conforme lo dispuesto por el art. 103 de la LCT., no resulta posible aceptar que por medio de un acuerdo de orden colectivo se atribuya carácter no remunerativo a sumas de dinero abonadas a los trabajadores en virtud del contrato de trabajo, por lo que se hace lugar al reclamo efectuado por los trabajadores.
CONTRATO DE TRABAJO - CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO - CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS - SUPLEMENTO REMUNERATIVO - CONSTITUCIONALIDAD - ORDEN PÚBLICO - FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Resulta procedente asignar carácter salarial al rubro medicina prepaga por haber sido una condición laboral que integró los términos del contrato y al uso del teléfono celular otorgado por la empleadora, pues el móvil fue destinado a satisfacer necesidades personales del trabajador, evitándole así un gasto, teniendo en consideración que efectivamente la entrega de dicho teléfono le implicó a este último, un ahorro -pues no puede soslayarse que en la actualidad dicho servicio es utilizado por un número importante de personas-, y que se ha incorporado como una más de las necesidades de la sociedad contemporánea, por lo que el magistrado consideró razonable que el actor, por su estilo de vida utilizara la comunicación celular.
CONTRATO DE TRABAJO - DESPIDO POR CAUSA DE MATRIMONIO - ADICIONALES DE REMUNERACIÓN - MEDICINA PREPAGA - TELEFONÍA CELULAR - DIFERENCIAS SALARIALES - MULTA LABORAL
La propina puede computarse como salario, aunque dicha suma de dinero provenga de un tercero extraño a la relación laboral, cuando es habitual y lícita.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO - DESPIDO INDIRECTO - PROPINAS - REMUNERACIÓN - IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR
Resultan inconstitucionales las cláusulas convencionales que regulan asignaciones no remunerativas, en cuanto niegan a éstos su naturaleza salarial, y vulneran además el derecho constitucional del trabajador a la protección contra el despido arbitrario.
CONTRATO DE TRABAJO - CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO - CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS - ORDEN PÚBLICO - SUPLEMENTO REMUNERATIVO - DOBLE INDEMNIZACIÓN - ADICIONALES DE REMUNERACIÓN - MULTA LABORAL - PRUEBA DOCUMENTAL - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
Reviste carácter remuneratorio la proporción del uso del teléfono celular realizado por el dependiente con fines personales, así como también la cochera brindada por la compañía demandada al trabajador, no así la prestación de medicina prepaga a favor de este y su grupo familiar, pues ello constituye un modo de asunción, por parte del empleador, de una contingencia social que puede aleatoriamente afectar o no a sus empleados.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO - DESPIDO SIN JUSTA CAUSA - INDEMNIZACIÓN - ADICIONALES DE REMUNERACIÓN - TELÉFONOS CELULARES - COCHERAS - MEDICINA PREPAGA - BONIFICACIONES - DENUNCIA PENAL
El rubro "medicina privada" no puede ser considerado remuneratorio, pues del Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Protección del Salario (1949) no se desprende que los beneficios sociales deban necesariamente quedar equiparados a las remuneraciones en todos sus aspectos, máxime si encuadra en la noción de beneficio social.
CONTRATO DE TRABAJO - DESPIDO SIN JUSTA CAUSA - DETERMINACIÓN DEL MONTO INDEMNIZABLE - REMUNERACIÓN - ADICIONALES DE REMUNERACIÓN - VALES DE COMIDA - TELEFONÍA CELULAR - MEDICINA PREPAGA - MULTA LABORAL
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO - CONTRATO DE TRABAJO - CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS - CONSTITUCIONALIDAD - FALLOS DE LA CORTE SUPREMA - SUPLEMENTO REMUNERATIVO - ORDEN PÚBLICO