Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: C
Partes: Incidente Nº 1 - Actor: F. A. J. M. Demandado: C. J. V. s/ art. 250 C.P.C. - incidente familia
Fecha: 30 de noviembre de 2020
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-129668-AR||MJJ129668
Voces: MEDIDAS CAUTELARES - INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO - DERECHOS PERSONALÍSIMOS - MENORES - DERECHO A LA INTIMIDAD - DERECHO A LA PRIVACIDAD - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN - REDES SOCIALES
El progenitor de un menor debe abstenerse de subir, difundir y/o publicar en cualquier plataforma de las redes sociales, información, imágenes, videos, etc., con el nombre del niño, como cualquier elemento que pueda identificarlo.