Tribunal: Juzgado del Trabajo de Metán
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:
Partes: M. A. C. c/ E. R. G. S.A. s/ ordinario
Fecha: 4 de noviembre de 2020
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-131059-AR||MJJ131059
Voces: MOBBING - ABANDONO DEL TRABAJO - DAÑO MORAL - LICENCIA POR ENFERMEDAD - INTIMACIÓN AL CUMPLIMIENTO - COMUNICACIONES LABORALES - ENFERMEDAD LABORAL - TELEGRAMA LABORAL - VALORACIÓN DE LA PRUEBA - PERSONAL JERÁRQUICO - VIOLENCIA DE GÉNERO - PERSPECTIVA DE GÉNERO
El despido por abandono de trabajo es ilegítimo y debe considerarse como 'violencia de género' pues el empleador tenía conocimiento que la trabajadora había iniciado su licencia por enfermedad con diagnóstico de 'cuadro depresivo ansioso posible mobbing', por lo que al momento de efectuar la intimación a que se reintegre a sus funciones, la trabajadora se encontraba impedida de cumplir ese requerimiento por haberle otorgado su médico tratante la continuación de su licencia médica.