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M. E. N. c/ G. M. R., G. L. F. y otros s/


Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy

Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:

Partes: M. E. N. c/ G. M. R., G. L. F. y otros s/

Fecha: 20 de abril de 2022

Colección: Fallos

Cita: MJ-JU-M-137925-AR||MJJ137925


Voces: ALIMENTOS - CUOTA ALIMENTARIA - SUCESIONES - CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN - MAYORÍA DE EDAD - MUERTE DE UN PROGENITOR - JUICIO DE FILIACIÓN


Si bien la sucesión no puede ser condenada a abonar alimentos al hijo del causante, en virtud del principio de solidaridad familiar y los ingresos insuficientes del alimentado, se impone la obligación a los hermanos del reclamante.